Alcaldes/as de barrio y juntas de barrio
Con el fin de lograr una mejor gestión de los asuntos de competencia municipal y de facilitar la participación ciudadana en este ámbito territorial, existen los siguientes órganos territoriales de gestión desconcentrada:
- Juntas de barrios (urbanos y rurales)
- Alcaldías de barrios (urbanos y rurales)
JUNTAS DE BARRIOS
Las juntas de barrios urbanos están compuestas por 10 miembros designados por los grupos políticos, coaliciones o agrupaciones de electores, en función de los resultados obtenidos en las elecciones municipales
La junta de barrio rural está compuesta por el alcalde o alcaldesa pedánea y tres miembros del barrio elegidos por las y los vecinos del barrio.
Las juntas de alcaldía tendrán las siguientes atribuciones y funciones:
-
Informar sobre todos los proyectos de obras y servicios de interés para el barrio.
-
Proponer al Ayuntamiento la realización de obras y la prestación de servicios de interés para el barrio.
-
Fomentar la participación de las y los vecinos del barrio en la gestión de los asuntos del barrio.
-
Informar en todas aquellas cuestiones que le sean solicitadas por el Ayuntamiento.
-
Aquellas otras funciones que le sean delegadas por la alcaldesa del Ayuntamiento.
ALCALDÍAS DE BARRIO
Los y las alcaldes/as de barrios urbanos serán elegidos por las juntas de los barrios urbanos, de entre sus miembros y por mayoría simple. Dicho nombramiento deberá ser ratificado por la alcaldesa del Ayuntamiento.
Los y las alcaldes/as de barrios rurales serán elegidos por los vecinos que viven en el barrio. Dicho nombramiento deberá ser ratificado por la alcaldesa del Ayuntamiento.
Los y las alcaldes/as de barrio tendrán las siguientes atribuciones:
-
Convocar y presidir las reuniones de la junta de barrio, dirigir los debates y decidir con voto de calidad en caso de empate.
-
Ejecutar y hacer cumplir los acuerdos de la junta.
-
Velar por la conservación de los caminos rurales y de los bosques comunales, así como por la prestación de los servicios de vigilancia urbana y el cumplimiento de las ordenanzas municipales.
-
Asistir y participar en las reuniones de la junta de barrio.
-
Aquellas otras funciones que le sean delegadas por la alcaldesa del Ayuntamiento.
Relación de los miembros para la elección de los nuevos representantes de la alcaldía
- DISTRITO DE LA ZONA CENTRO
Grupo municipal |
Nº de miembros |
Nombres y apellidos de los miembros |
EH BILDU |
6 |
|
ARRASATEKO EAJ-PNV |
4 |
|
SOCIALISTAS VASCOS-EUSKAL SOZIALISTAK |
0 |
|
ELKARREKIN ARRASATE |
0 |
|
- DISTRITO DE MUSAKOLA
Grupo municipal |
Nº de miembros |
Nombres y apellidos de los miembros |
EH BILDU |
5 |
|
ARRASATEKO EAJ-PNV |
3 |
|
SOCIALISTAS VASCOS-EUSKAL SOZIALISTAK |
1 |
|
ELKARREKIN ARRASATE |
1 |
|
- DISTRITO DE SANTA MARINA
Grupo municipal |
Nº de miembros |
Nombres y apellidos de los miembros |
SOCIALISTAS VASCOS-EUSKAL SOZIALISTAK |
3 |
|
EH BILDU |
3 |
|
ARRASATEKO EAJ-PNV |
3 |
|
ELKARREKIN ARRASATE |
1 |
|
- DISTRITO DE SAN ANDRES
Grupo municipal |
Nº de miembros |
Nombres y apellidos de los miembros |
ARRASATEKO EAJ-PNV |
4 |
|
EH BILDU |
3 |
|
SOCIALISTAS VASCOS-EUSKAL SOZIALISTAK |
2 |
|
ELKARREKIN ARRASATE |
1 |
|
- DISTRITO DE URIBARRI
Grupo municipal |
Nº de miembros |
Nombres y apellidos de los miembros |
EH BILDU |
5 |
|
ARRASATEKO EAJ-PNV |
4 |
|
SOCIALISTAS VASCOS-EUSKAL SOZIALISTAK |
1 |
|
ELKARREKIN ARRASATE |
0 |
|
ALCALDES/AS DE BARRIOS RURALES
- MEATZERREKA
- MUSAKOLA
- SAN ANDRES
- UDALA
- GESALIBAR
- GARAGARTZA
- BEDOÑA